enero 21

La empresa La Polar, ahora discrimina a sus trabajadores por edad.

RGR Abogados Laborales demandó a la Empresa La Polar, debido a que sin ninguna razón aparente despidió a una de sus trabajadoras del área de repactaciones. El motivo de fondo para el despido fue compartida por el Juez de la Causa, y es que la trabajadora era la de mayor edad en su grupo de trabajo, es decir, una abierta discriminación. Su jefe era notablemente menor en edad y por supuesto todos sus compañeros de trabajo también lo eran. Al comunicar su despido a la trabajadora la empresa no pudo justificar su medida ante el juez y tampoco dar razones de la proporcionalidad de dicha medida.
Una vez más vemos cómo el procedimiento de tutela laboral, ayuda a crear mejores condiciones de prestación de servicios para los trabajadores y trabajadoras del país, castigando estas discriminaciones arbitrarias efectuadas por las empresas». Causa RIT T-474-2013 del Primer Juzgado de Letras de Santiago.

enero 18

C. de Apelaciones de Santiago acoge denuncia por despido que vulnera Libertad de Trabajo

Un gerente de ALSACIA S.A. despedido mediante desahucio por escrito sólo 14 días después de haber sido contratado, demandó a la empresa por afectar su libertad de trabajo, ya que ALSACIA S.A. le pidió que renunciara a su anterior empleo como requisito para ser contratado.

La sentencia de primera instancia acogió la demanda, declarando que el despido denunciado, que no indicó fundamento ni motivo alguno para tal decisión, vulneró la libertad constitucional de trabajo del denunciante, al coartar sus posibilidades de desarrollar las labores para las que fue contratado y de impedirle volver a su antiguo empleo (RIT T-66-2013; dictada por doña María Teresa Quiroz Alvarado, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago).

ALSACIA S.A. presentó recurso de nulidad contra esta sentencia, alegando principalmente: 1) Que el despido no vulneró la libertad de trabajo, ya que ella permite emplearse pero no garantiza la permanencia en un empleo, y 2) Que el empleador tiene derecho legal a desahuciar por escrito a un gerente sin expresar causa ni motivo, por lo que no cabe cuestionar tal despido por supuestas vulneraciones constitucionales.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso y confirmó la sentencia, declarando: 1) Que el despido denunciado sí vulneró la libertad de trabajo del denunciante, ya que es evidente que la empresa le exigió dejar su anterior empleo y al despedirlo le impidió en forma injustificada trabajar en lo que había sido contratado y 2) Que la facultad legal del empleador de desahuciar por escrito a un trabajador sin expresar causa ni motivo, no puede lesionar los derechos fundamentales del trabajador, como su libertad de trabajo. (Rol de Ingreso 1234-2013, del 06 de enero de 2014).

La importancia de este fallo radica en que establece que el procedimiento de tutela de derechos fundamentales en el trabajo, también puede ejercerse respecto de la libertad constitucional de trabajo, entendida como el derecho a que el despido que impide realizar el trabajo contratado, debe estar suficientemente justificado por el empleador.

El trabajador denunciante fue representado en juicio por RGR Abogados Laborales.

noviembre 21

Rodrigo García en Comisión Interamerica de Derechos Humanos (CIDH)

Rodrigo García, – socio de RGR Abogados Laborales -, presentó los argumentos de la denuncia realizada en contra del Estado de Chile, por los incumplimientos al derecho de sindicalización, por no respetar el derecho a huelga, por permitir el reemplazo de trabajadores en la huelga y por otros graves incumplimientos. Dicha audiencia se llevó a cabo el día 29 de octubre de 2013, en la Ciudad de Washington D.C., Estados Unidos, en la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. »