Un gerente de ALSACIA S.A. despedido mediante desahucio por escrito sólo 14 días después de haber sido contratado, demandó a la empresa por afectar su libertad de trabajo, ya que ALSACIA S.A. le pidió que renunciara a su anterior empleo como requisito para ser contratado.
La sentencia de primera instancia acogió la demanda, declarando que el despido denunciado, que no indicó fundamento ni motivo alguno para tal decisión, vulneró la libertad constitucional de trabajo del denunciante, al coartar sus posibilidades de desarrollar las labores para las que fue contratado y de impedirle volver a su antiguo empleo (RIT T-66-2013; dictada por doña María Teresa Quiroz Alvarado, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago).
ALSACIA S.A. presentó recurso de nulidad contra esta sentencia, alegando principalmente: 1) Que el despido no vulneró la libertad de trabajo, ya que ella permite emplearse pero no garantiza la permanencia en un empleo, y 2) Que el empleador tiene derecho legal a desahuciar por escrito a un gerente sin expresar causa ni motivo, por lo que no cabe cuestionar tal despido por supuestas vulneraciones constitucionales.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso y confirmó la sentencia, declarando: 1) Que el despido denunciado sí vulneró la libertad de trabajo del denunciante, ya que es evidente que la empresa le exigió dejar su anterior empleo y al despedirlo le impidió en forma injustificada trabajar en lo que había sido contratado y 2) Que la facultad legal del empleador de desahuciar por escrito a un trabajador sin expresar causa ni motivo, no puede lesionar los derechos fundamentales del trabajador, como su libertad de trabajo. (Rol de Ingreso 1234-2013, del 06 de enero de 2014).
La importancia de este fallo radica en que establece que el procedimiento de tutela de derechos fundamentales en el trabajo, también puede ejercerse respecto de la libertad constitucional de trabajo, entendida como el derecho a que el despido que impide realizar el trabajo contratado, debe estar suficientemente justificado por el empleador.
El trabajador denunciante fue representado en juicio por RGR Abogados Laborales.